Fecha: 1 de enero de 2017
Términos y condiciones de venta
Estos términos y condiciones de venta (estos “Términos”) junto con la propuesta de
asistente, presupuesto, constatación o confirmación de pedido (el “Acuerdo”) son los únicos
términos y condiciones que gobiernan la venta de mercancías o la prestación de servicios
por parte del vendedor (“Vendedor”) al comprador (“Comprador”). El Vendedor bajo los
términos aquí establecidos es la entidad Struers identificada en la propuesta de asistente,
presupuesto, constatación o confirmación de pedido (colectivamente, “Formularios del
vendedor”).
1. Definiciones
a. “Mercancías” significa cualquier equipo, pieza, materiales, suministros, software,
firmware, documentación (incluyendo ingeniería de diseño) y demás productos que el
Vendedor haya suministrado al Comprador bajo este Acuerdo.
b. “Servicios” significa cualquier puesta en servicio sobre el terreno, puesta en
funcionamiento, instalación, reparación, calibración, formación, consulta o servicios
profesionales suministrados por el Vendedor al Comprador.
2. Aceptación
La venta de Mercancías y Servicios está expresamente condicionada a la aceptación del
Comprador del Acuerdo en su totalidad (que consta de estos Términos además de los
términos expuestos en los Formularios del vendedor) como acuerdo completo y
exclusivo. Cualquier término adicional o distinto propuesto por el Comprador en cualquier
documento (incluido, a título enunciativo y no limitativo, el pedido de compra del
Comprador) queda expresamente impugnado sin necesidad de notificar ninguna objeción
adicional, no tiene ningún efecto y no será vinculante para el Vendedor. Cualquier tipo de
representación, garantía, curso de negociación o uso comercial oral o escrito no
contenido en estos Términos o en este Acuerdo no serán vinculantes para ninguno de
los participantes. Cualquier cambio a estos Términos o cualquier término adicional debe
ser acordado tanto por el Comprador como por el Vendedor en un documento escrito
expresamente declarando que modifica estos Términos. Cualquier pedido de Mercancías
y Servicios y/o recepción por parte del Comprador de Mercancías o Servicios enviados o
ejecutados bajo este Acuerdo conformará la aceptación de estos Términos.
3. Precios
Los precios de Mercancías y Servicios serán el precio indicado en la lista de precios
publicada por el Vendedor en el momento de envío o prestación de Servicios, o como se
especifique de otro modo por escrito; siempre y cuando todos los precios ofertados sean
firmes durante treinta (30) días desde la fecha del presupuesto escrito, o como
especifique de algún otro modo el Vendedor por escrito (excluyendo errores y
omisiones). Los precios ofertados excluyen envío, fletes y costes de transporte, costes
de seguros, tarifas de comprobaciones e inspección, costes de legalización y cualquier
otro coste o gasto, a menos que se especifique lo contrario. Los precios solo incluyen el
embalaje estándar. Cualquier solicitud de manipulación o embalaje especial ocasionará
costes adicionales al Comprador. A no ser que se convenga de otro modo, los precios
para Productos de reventa (como se definen a continuación en el Apartado 14) serán los
precios de tales productos en el momento en que se envían al Comprador. El Comprador
acepta que los precios para Mercancías y Servicios están basados en estos Términos
como condiciones de venta exclusivas y, por consiguiente, el Comprador confirma que
las limitaciones y las exclusiones de la responsabilidad legal y la asegurabilidad de los
riesgos específicos han sido tenidos en cuenta por el Comprador al acordar los precios.
4. Impuestos
Los precios ofertados no incluyen ningún impuesto o cargas pagaderas locales, de la
ciudad, el estado, la provincia, ventas federales o extranjeras, por uso o consumo, u
otros con respecto a la venta, compra, distribución, almacenamiento, procesamiento,
uso, consumo o transporte de cualquiera de las Mercancías o Servicios. Todas las
cargas gubernamentales sobre las Mercancías o Servicios ofrecidos bajo este Acuerdo
incluyendo, entre otros posibles, impuestos por uso, ocupación, IVA, ingresos,
exportación e importación, serán pagadas por el Comprador o, en su lugar, el Comprador
suministrará al Vendedor un certificado de exención de impuestos aceptable para la
autoridad que impone el impuesto al Vendedor. No obstante, el Comprador reembolsará
al Vendedor cualquier impuesto contraído en la venta de Mercancías o Servicios en la
medida que tal certificado de exención de impuestos demuestre que es insuficiente para
la autoridad fiscal aplicable por cualquier motivo. Dicho reembolso debe producirse en un
plazo de diez (10) días desde la fecha en que el Vendedor se percate de la invalidez de
tal certificado de exención de impuestos.
5. Documentación
El Vendedor suministrará al Comprador los datos y la documentación que se identifique
específicamente en el presupuesto o la confirmación del pedido. Con un coste adicional
pueden ponerse a disposición del Comprador copias adicionales de la documentación y
los datos estándar o solicitudes de documentación y datos especiales. Tal
documentación incluye, pero no está restringida a, planos, especificaciones, manuales
de instrucciones, materiales de formación y otros como datos o ilustraciones
suministrados al Comprador o a subcontratistas del Comprador. Las definiciones y
restricciones expuestas en los subpárrafos siguientes se aplican independientemente del
tipo de medios en los que se faciliten los documentos.
a. Clases de documentos. La documentación constará de dos clases: La Clase 1 incluirá
todos los documentos que describen las funcionalidades y el funcionamiento estándar
de los productos del Vendedor, normalmente denominados manuales de
instrucciones, que no se producen exclusivamente para el Comprador. La Clase 2
incluirá todos los documentos producidos por el Vendedor específicamente para el
Comprador a efectos de facilitar el uso razonable de las Mercancías o los Servicios
bajo este Acuerdo.
b. Derechos de autor. La titularidad de los derechos de autor para todos los documentos
de todas las clases la conserva el Vendedor. Al Comprador se le concede una licencia
para hacer, sin aprobación adicional del Vendedor, un número limitado de copias, en
su totalidad o en parte, de un documento de Clase 1, siempre y cuando la porción
copiada incluya las declaraciones de derechos de autor y de marca comercial
aplicables que aparecen en el documento original. Al Comprador se le concede
además una licencia para hacer un número limitado de copias, en su totalidad o en
parte, de cualquier documento de Clase 2, siempre y cuando la porción copiada
incluya las declaraciones de derechos de autor y de marca comercial aplicables que
aparecen en el documento original.
c. Marcas comerciales. Al Comprador se le concede una licencia para usar las marcas
comerciales del Vendedor en la documentación producida por el Comprador a efectos
de facilitar el uso razonable de las Mercancías suministradas bajo este Acuerdo,
siempre que las marcas comerciales sean tratadas de modo coherente con las leyes
de marcas comerciales aplicables en las jurisdicciones en las cuales está ubicado el
Comprador y se identifiquen claramente como marcas comerciales del Vendedor.
Los documentos proporcionados al Comprador, o las copias de materiales protegidos por
derechos de autor realizadas por el Comprador bajo las disposiciones expuestas en el
subpárrafo “b” anterior, puede usarlas el Comprador o los subcontratistas del Comprador
solo a efectos de facilitar el uso razonable de las Mercancías suministradas bajo este
Acuerdo. Dichos documentos contienen información considerada confidencial y de
propiedad exclusiva del Vendedor y no se puede revelar a ningún otro tercero sin un
permiso por escrito del Vendedor.
6. Cambios solicitados por el Comprador
Ningún cambio solicitado por el Comprador después de la creación de este Acuerdo que
afecte al calendario o a otros requisitos de las Mercancías o Servicios que se
suministrarán o que afecten de algún otro modo al alcance de este Acuerdo tendrá efecto
o será vinculante para el Vendedor, a menos que (i) el Comprador haya enviado por
escrito dicho cambio al Vendedor y (ii) el Vendedor haya aceptado expresamente dicho
cambio. Todos los gastos y las demoras resultantes de cualquiera de esos cambios
serán determinados únicamente por el Vendedor y serán vinculantes para el Comprador.
7. Terminación, suspensión e incumplimiento
a. A menos que las Mercancías hayan sido enviadas o los Servicios hayan sido
prestados, el Comprador puede cancelar su pedido o finalizar o suspender la
prestación bajo este Acuerdo a discreción del Comprador proporcionando una
notificación por escrito al Vendedor, sujeto a los cargos que siguen, que serán
determinados únicamente por el Vendedor:
El Comprador compensará al Vendedor por cualquier gasto de cancelación directa o
indirecta contraído por el Vendedor, incluyendo, a título enunciativo y no limitativo,
lucro cesante y todos los costes y gastos contraídos por el Vendedor para preparar las
Mercancías o Servicios para satisfacer el pedido del Comprador. Además, todos los
pedidos cancelados estarán sujetos a una tarifa de reaprovisionamiento que
determinará el Vendedor a su exclusivo criterio, pero bajo ninguna circunstancia la
tarifa será menor del veinte por ciento (20%) del precio de compra de las Mercancías
o Servicios.
Para pedidos personalizados, se aplicará un cargo por cancelación del 100% en el
momento de la finalización del sistema para todas las Mercancías o Servicios
cancelados. Además, el Vendedor se reserva el derecho a cobrar al Comprador una
tarifa de no cancelación de hasta el cien por cien (100%) del precio de compra de las
Mercancías o Servicios, con el importe específico de dicha tarifa de no cancelación a
determinar según el criterio exclusivo del Vendedor. Cualquier coste por no
cancelación se comunicará al Comprador y el Vendedor tendrá el derecho de
mantener el coste de no cancelación (además de cualquier otro recurso que puede
tener conforme a este Apartado) en caso de que el Comprador cancele dicho pedido
personalizado.
b. Si el Comprador no paga al Vendedor por las Mercancías suministradas o los
Servicios prestados, o si el Comprador incumple sustancialmente cualquier disposición
de este Acuerdo, el Vendedor podría adoptar alguna de las medidas siguientes (o
todas): suspender o interrumpir la entrega de Mercancías o prestación de Servicios
hasta que el Vendedor reciba el pago total correspondiente del Comprador, rescindir
inmediatamente este Acuerdo, o declarar que todas las cantidades pendientes son
debidas y pagaderas inmediatamente.
c. Si el Comprador no paga cualquier suma al Vendedor a su debido tiempo o establece
un acuerdo voluntario con sus acreedores, o se designa un administrador o se
presenta una petición de administración, liquidación o bancarrota del Comprador, o si
el Comprador entra en liquidación o realiza o es objeto de cualquier acción análoga,
se vuelve insolvente, presenta una solicitud de declaración de quiebra o de algún
modo reconoce su incapacidad para pagar sus deudas a su vencimiento, o si el
Vendedor tiene motivos para creer que el Comprador será incapaz de pagar sus
deudas al Vendedor a su debido tiempo, todas las sumas adeudadas por el
Comprador serán vencidas y exigibles inmediatamente y el Vendedor tendrá derecho
a exigir el pago en su totalidad antes de cualquier fabricación o entrega adicional de
las Mercancías o la prestación de los Servicios, o podrá cancelar, suspender o
finalizar total o parcialmente la fabricación o entrega de Mercancías o la prestación de
Servicios sin incurrir en ninguna responsabilidad legal con el Comprador.
d. Compensaciones. El Vendedor tendrá derecho a una compensación y aplicará
cualquier fondo recibido del Comprador a beneficio de cualquier otra cuenta atrasada
o cantidades adeudadas al Vendedor o a sus afiliados por el Comprador o sus
afiliados.
8. Crédito
El importe del crédito ofrecido por el Vendedor al Comprador está supeditado a la opinión
del Vendedor sobre la capacidad, posibilidad y buena voluntad del Comprador para
pagar puntualmente las Mercancías recibidas bajo los términos de este Acuerdo.
Siempre y cuando, en opinión del Vendedor, haya algún cambio adverso substancial en
la situación financiera del Comprador y/o el Comprador no haya pagado totalmente
dentro del plazo acordado las Mercancías y/o los Servicios previamente suministrados
bajo este Acuerdo y/o otro(s) acuerdo(s) con el Vendedor, el Vendedor se reserva el
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derecho de revocar el crédito del Comprador y/o suspender la ejecución de este y/u otros
pedidos de Mercancías y Servicios sin responsabilidad legal para el Comprador.
9. Inspección
El Comprador debe inspeccionar las Mercancías y los Servicios puntualmente al recibir
físicamente las Mercancías o la prestación de Servicios. El Comprador podría rechazar
Mercancías o Servicios si detecta defectos que perjudican sustancialmente el valor de
las Mercancías o los Servicios, en tanto en cuanto se haga puntualmente cualquier
reclamación sobre defectos en los materiales y antes de cinco (5) días hábiles desde la
fecha de la recepción física por parte del Comprador de las Mercancías o después de la
prestación de los Servicios del Vendedor, o se considerará que el Comprador ha
renunciado a tal reclamación. Cualquier defecto menor se rige por los términos de las
garantías limitadas estándar aplicables del Vendedor. Las reclamaciones sobre mermas
o elementos que faltan deben comunicarse al Vendedor rápidamente y antes de cinco (5)
días hábiles desde la fecha de la recepción física de las Mercancías por parte del
Comprador, o se considerará que el Comprador ha renunciado a reclamar al Vendedor.
En la medida en que cualquier daño o falta en las Mercancías se haya producido durante
el envío, el recurso exclusivo del Comprador será presentar una reclamación al
transportista. Bajo ninguna circunstancia el Vendedor se hace responsable de las
Mercancías perdidas o dañadas durante el envío.
10. Envío y riesgo de pérdida
Todas las ventas son Ex Works (conforme a Incoterms 2010) desde la fábrica del
Vendedor, a no ser que se convenga de otro modo por escrito. Los contratos de envío
establecidos por el Vendedor se harán a la cuenta del Comprador. Todas las demandas
de pérdidas o daños después de que el riesgo de pérdida haya pasado al Comprador las
reclamará el Comprador al transportista. El Comprador deberá abonar al Vendedor el
precio íntegro de las Mercancías y Servicios, independientemente de la pérdida o los
daños durante el transporte. Sin perjuicio de lo anterior, el Vendedor se reserva el
derecho de retener las mercancías en tránsito.
a. Gastos de transporte: Los gastos de transporte serán pagados por el Comprador. El
Vendedor seleccionará el transportista. Se declarará el valor total asegurable y las
primas de seguros resultantes las pagará el Comprador. Los gastos de envío y seguro
los pagará por adelantado el Vendedor y se agregarán a precio de coste a la factura
del Comprador, a no ser que las partes lo acuerden de otro modo.
b. Calendarios: Las fechas presupuestadas por el Vendedor se estiman basándose en
los requisitos especificados del Comprador en el momento de la aceptación del
pedido. Las demoras en la recepción de aprobaciones o información, los cambios que
ocasionan demoras, o la solicitud de aplazamientos podrían ocasionar gastos
adicionales para el Vendedor. Por consiguiente, además de las disposiciones de
escalamiento del subpárrafo “c” a continuación, el Vendedor tendrá derecho a una
ampliación del plazo y al reembolso de costes. El cambio en el precio se dividirá
uniformemente entre las facturas que reste emitir.
c. Escalamiento: Todos los precios presupuestados están basados en envíos
programados dentro de los doce (12) meses siguientes a la fecha de aceptación de
pedido. Las demoras originadas únicamente por el Vendedor más allá de la fecha de
entrega prevista no estarán sujetas al escalamiento.
11. Entrega de mercancías o prestación de servicios
El Vendedor hará esfuerzos razonables para suministrar las Mercancías o prestar los
Servicios en la fecha o dentro del periodo de entrega o prestación acordados entre las
partes, pero el momento de entrega o prestación no es primordial y el Vendedor no se
hará responsable de ningún tipo de gasto o pérdida causado por una entrega o
prestación demorada. El Vendedor hará esfuerzos razonables para cumplir los
procedimientos de entrega del Comprador. Si el Comprador no puede o desea aceptar la
entrega de las Mercancías conforme a este Acuerdo, el Vendedor podría retener las
Mercancías y organizar u ofrecer su almacenamiento y seguro según determine a su
exclusivo criterio y a cargo del Comprador. Si el Vendedor proporciona dicho
almacenamiento, el Vendedor tendrá derecho a cargar al Comprador las tarifas de
almacenamiento estándar vigentes del Vendedor. La retención o envío de cualquier
Mercancía para su almacenamiento se tratará como su entrega al Comprador conforme
a este Acuerdo para todos los efectos de estos términos y condiciones. Si el Comprador
no puede o no desea por cualquier motivo aceptar la prestación de los Servicios
conforme a este Acuerdo, el Vendedor tomará medidas razonables para prestar los
Servicios tan pronto como sea factible tras la confirmación del Comprador con una
notificación por escrito de catorce (14) días como mínimo antes de la fecha en que el
Comprador estará listo. Si la fecha especificada es más de 30 días posterior a la fecha
especificada en este Acuerdo, el Vendedor tendrá derecho a facturar al Comprador y
cobrar los Servicios como si se hubieran completado, y a facturar al Comprador tras la
prestación posibles costes o gastos adicionales de la prestación resultantes de la
demora.
12. Pagos
Los pedidos de un importe agregado menor de 30.000 $ se deben pagar por adelantado,
o en casos especiales con un acuerdo escrito con el Vendedor, se pueden pagar en
efectivo neto contra entrega de los documentos de envío a través de cartas de crédito
confirmadas irrevocables. Para pedidos de un importe agregado igual a 30.000 $ o
superior, el Comprador debe pagar por adelantado el 30% del importe agregado después
de la aceptación del pedido por parte del Vendedor. El pago de la cantidad restante debe
efectuarse contra factura dentro de la fecha de vencimiento especificada en la
confirmación del pedido de venta del Vendedor. Las facturas las emitirá el Vendedor con
la fecha del envío, prestación de Servicios o comienzo del Plan de servicio. Los pagos
debidos al Vendedor se deberán pagar al Vendedor por transferencia bancaria en la
cuenta bancaria designada por el Vendedor. Todos los pagos deben efectuarse en la
moneda designada en la confirmación del pedido de venta del Vendedor. Todas las
facturas se considerarán aceptadas por el Comprador a menos que el Vendedor reciba
una notificación por escrito dentro de diez (10) días hábiles desde la fecha de la factura.
Las cantidades facturadas debe pagarlas el Comprador en su totalidad sin descuentos,
deducciones o compensaciones. Se puede cargar mensualmente un 1,5% por el servicio
sobre las cantidades adeudadas por el Comprador al Vendedor que no hayan sido
pagadas dentro de la fecha de vencimiento especificada, supeditándose al importe
máximo permitido por ley. Si hubiese cantidades atrasadas cedidas a un abogado para
su cobro, el Comprador reembolsará al Vendedor todos los costes del cobro y los
honorarios y costes de representación jurídica (siendo tales costes y honorarios no
menos del treinta por ciento (30%) del importe a pagar atrasado total). El Vendedor
puede emplear cualquier suma recibida del Comprador primero para el pago de esos
costes y gastos, después los intereses devengados y por último todos los demás
importes adeudados al Vendedor en orden cronológico, empezando por el más antiguo,
independientemente de cualquier disputa o asignación del Comprador al pago de
cualesquiera facturas en particular.
13. Derechos del Vendedor hasta el pago del Comprador
Hasta que todas las cantidades hayan sido pagadas en su totalidad, el Comprador
mantendrá las Mercancías y sus beneficios sobre la venta como fiduciarias para el
Vendedor y el Vendedor tendrá derecho a acceder a las instalaciones del Comprador a
horas razonables para inspeccionar y retirar las Mercancías; siempre y cuando el
Comprador sea un distribuidor de las Mercancías, el Comprador puede vender las
Mercancías como agente del Vendedor en el curso ordinario de su negocio, a menos que
y hasta que el Vendedor ponga fin a la autorización del Comprador para hacerlo
enviándole una notificación por escrito. Sin perjuicio de lo anterior, el Vendedor puede
entablar una demanda por el precio de las Mercancías o Servicios en cualquier momento
hasta que el Vendedor haya sido pagado en su totalidad.
14. Productos de reventa; componentes de terceros
a. “Productos de reventa” son ítems vendidos junto con otras Mercancías del Vendedor
pero que no están fabricados por el Vendedor y se suministran conforme se acuerde
con el Comprador. La responsabilidad del Vendedor de Productos de reventa está
limitada al esfuerzo comercial razonable para organizar el aprovisionamiento y el
envío. A no ser que se convenga de otro modo, todos los precios son FCA (Free
Carrier, franco transportista). Fábrica del productor de productos de reventa. La
documentación estándar solo será la suministrada por el fabricante del Producto de
Reventa. El Comprador acepta que el Vendedor no tiene ninguna responsabilidad
legal por los productos de Reventa más allá del control directo del Vendedor y además
del
necesario
para
descargar
razonablemente
la
responsabilidad
indicada
anteriormente, y el Vendedor no se hará responsable de demoras debidas al
fabricante del producto de Reventa.
b. Sin perjuicio de lo aquí expuesto, hasta el punto en que cualesquiera Mercancías o
componentes o piezas de las Mercancías hayan sido fabricados por un tercero y no
por el Vendedor o sus afiliados (“Componentes de terceros”), tales Componentes de
terceros solo se garantizarán hasta el grado y bajo las condiciones de la garantía del
fabricante original. El Vendedor no será responsable de ningún defecto de los
Componentes de terceros; siempre y cuando el Comprador lo solicite, el Vendedor
intentará, en la medida que sea posible, transferir al Comprador los beneficios de
todas las garantías y demás derechos relativos a componentes defectuosos que el
Vendedor puede tener frente a su suministrador.
c. EL VENDEDOR NO OFRECE GARANTÍA PARA LOS PRODUCTOS DE REVENTA O
MERCANCÍAS DE OTROS FABRICANTES, EXPRESA O IMPLÍCITA, INCLUIDAS
LAS GARANTÍAS DE COMERCIABILIDAD O IDONEIDAD PARA UN DETERMINADO
FIN. LA ÚNICA GARANTÍA SERÁ LA GARANTÍA, SI EXISTE, PROPORCIONADA
POR EL FABRICANTE DEL PRODUCTO DE REVENTA O EL COMPONENTE DE
TERCEROS. El Comprador además acepta que el ÚNICO Y EXCLUSIVO RECURSO
del Comprador para el incumplimiento del Vendedor de sus responsabilidades
indicadas como se ha expuesto anteriormente estará limitado a la diferencia entre el
precio del fabricante al Vendedor para los productos de Reventa o Componentes de
terceros y el precio del Vendedor al Comprador para los productos de Reventa o
Componentes de terceros que son el objeto de tal incumplimiento.
15. Garantía limitada
a. El Vendedor garantiza, solo a su cliente original, que (i) las Mercancías y sus
componentes fabricados por el Vendedor están libres de defectos de materiales y
fabricación hasta doce (12) meses desde la fecha de puesta en marcha o dieciocho
(18) meses desde la fecha del envío (el menor periodo de esos dos); y (ii) los
Servicios se prestarán con competencia y supervisión razonables. Si dentro del
período de garantía especificado se detecta que las Mercancías no cumplen las
especificaciones o tienen algún defecto de materiales o fabricación, o si los Servicios
no se prestaron tal como estaban garantizados, debe notificarse rápidamente por
escrito al Vendedor, de modo que la notificación en cualquier caso nunca se reciba
después de veinte (20) meses desde la fecha del envío de Mercancías o doce (12)
meses desde la fecha en que se prestaron los Servicios. La garantía anterior no se
aplicará a Mercancías o Servicios que el Vendedor, a su exclusivo criterio, determine
que están dañados como consecuencia de (i) uso indebido, negligencia o accidente;
(ii) aplicación, instalación, almacenamiento o uso incorrectos; (iii) mantenimiento o
calibración
incorrectos
o
inadecuados;
(iv)
funcionamiento
fuera
de
las
especificaciones ambientales publicadas; (v) daños causados por desastres como
incendios, inundaciones, viento y rayos; (vi) preparación o mantenimiento incorrectos
de las instalaciones; (vii) reparaciones o sustituciones no autorizadas o uso de piezas
o fungibles no suministrados o recomendados por el Vendedor; (viii) modificaciones
negligentes o implementadas incorrectamente de algún otro modo por personas
distintas al Vendedor; (ix) software o suministros aportados por el Comprador; o (x)
uso junto a o integrado con accesorios o equipos auxiliares no autorizados.
b. Si el Vendedor determina que las Mercancías o los Servicios no cumplen la garantía,
entonces en un tiempo razonable después de la notificación del Comprador de una
reclamación en periodo de garantía, el Vendedor corregirá cualquier fallo para cumplir
las especificaciones o cualquier defecto de materiales o fabricación, o en lugar de tal
reparación, y a su discreción, sustituirá las Mercancías. La obligación del Vendedor
con respecto a tales Mercancías o Servicios estará limitada a la sustitución o
reparación de las Mercancías o Servicios no conformes (solo piezas y mano de obra)
y estará condicionada a que el Comprador devuelva puntualmente las Mercancías en
cuestión al Vendedor cuando así lo solicite. El Vendedor puede, a su exclusivo criterio,
reembolsar total o parcialmente los cargos al Vendedor por cualquier Servicio que el
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Vendedor determine, a su criterio razonable, que no cumplan la garantía expresa. Bajo
ninguna circunstancia el Vendedor se hará responsable de daños consecuentes,
fortuitos, indirectos o especiales, o derivados del transporte, instalación, ajuste u otros
gastos que puedan producirse relacionados con las Mercancías o los Servicios. Todo
el servicio de garantía será efectuado por los empleados del Vendedor o
representantes autorizados. Si el Vendedor determina que las Mercancías o los
Servicios no fallaban en cuanto a la conformidad con los términos de la garantía, o
que la falta de conformidad no era debida únicamente al Vendedor, entonces el
Comprador compensará al Vendedor por el tiempo del Vendedor, los costes y gastos
contraídos al responder a la reclamación del Comprador. Antes de cualquier
obligación del Vendedor de realizar cualquier servicio de garantía limitada tal como se
expone aquí, el Comprador debe haber pagado todas las facturas al Vendedor en su
totalidad, estén o no relacionados específicamente con las Mercancías o Servicios en
cuestión.
c. El Vendedor no ofrece ninguna garantía con respecto a: (i) la operación de las
Mercancías sin interrupción y sin errores; (ii) el rendimiento actual de las Mercancías,
a excepción de su capacidad para satisfacer las especificaciones establecidas por el
Vendedor; (iii) la retirada o la instalación de las Mercancías de un lugar de trabajo o
proceso, o la idoneidad de un entorno de instalación; (iv) los componentes
electrónicos de las Mercancías o accesorios asociados (incluyendo, a título
enunciativo y no limitativo, tarjetas de circuitos y circuitos integrados); (v) el
mantenimiento, ajustes, reparaciones leves y otros requisitos de inspección,
preventivos y demás de las Mercancías; (vi) el uso de las Mercancías bajo
condiciones inadecuadas o no conformes con el manual de instrucciones; o (vii) el uso
de Mercancías relacionado con el funcionamiento de una instalación nuclear.
d. RECURSOS EXCLUSIVOS ANTE EL INCUMPLIMIENTO DE LA GARANTÍA. EL
VENDEDOR NO RECONOCE TODAS Y CADA UNA DE LAS DEMÁS GARANTÍAS O
REPRESENTACIONES CON RESPECTO A LAS MERCANCÍAS Y SERVICIOS
PROPORCIONADOS BAJO LOS TÉRMINOS AQUÍ ESTABLECIDOS, TANTO
EXPRESAS COMO IMPLÍCITAS, DERIVADAS DE LEYES, COSTUMBRES,
DECLARACIONES ORALES O ESCRITAS O DE NINGUNA OTRA ÍNDOLE,
INCLUYENDO,
ENTRE
OTRAS
POSIBLES,
LAS
GARANTÍAS
DE
COMERCIABILIDAD,
IDONEIDAD
PARA
UN
PROPÓSITO
PARTICULAR,
AUSENCIA
DE
INJERENCIAS
CON
DISFRUTE,
CALIDAD,
PRECISIÓN,
COMPLETITUD, IDONEIDAD DEL PRODUCTO DEL TRABAJO RESULTANTE, O
QUE LOS PRODUCTOS O SERVICIOS GENERARÁN CIERTOS RESULTADOS,
FUNCIONARÁN EN COMBINACIÓN CON OTROS COMPONENTES O COMO UN
SISTEMA INTEGRADO O CUMPLIRÁN CUALESQUIERA DE LOS PROPÓSITOS O
EXIGENCIAS PARTICULARES DEL COMPRADOR. EL VENDEDOR NO OFRECE
GARANTÍA, EXPRESA O IMPLÍCITA, EN CUANTO AL DISEÑO, VENTA,
INSTALACIÓN O USO DE SUS PRODUCTOS. LAS GARANTÍAS DEL VENDEDOR
NO
SE
AMPLIARÁN,
NI
SE
DERIVARÁ
NINGUNA
OBLIGACIÓN
O
RESPONSABILIDAD LEGAL DEL VENDEDOR DEBIDO A QUE EL VENDEDOR
PROPORCIONE
DIRECCIÓN
TÉCNICA,
INSTALACIONES
O
SERVICIOS
RELACIONADOS CON CUALESQUIERA MERCANCÍAS O SERVICIOS.
16. Obligaciones del Comprador
a. El Comprador cumplirá todas las leyes aplicables relacionadas con su pedido, la
recepción y el uso de las Mercancías y Servicios.
b. El Comprador cooperará con el Vendedor en todos los asuntos relacionados con los
Servicios y le proporcionará acceso suficiente a las instalaciones donde se prestarán
los Servicios y a locales de oficina y otras instalaciones y almacenamiento que el
Vendedor podría solicitar razonablemente en relación con la prestación de los
Servicios. El Comprador se asegurará de que el Vendedor tiene acceso suficiente a un
suministro adecuado de servicios públicos y será responsable de obtener y mantener
todas las licencias, permisos y aprobaciones necesarios para los Servicios.
c. El Comprador se asegurará de que cada ubicación donde se lleven a cabo Servicios
(distinta de las instalaciones del Vendedor) sea segura y sin peligros, y que las
condiciones de trabajo no afectarán negativamente a la salud y seguridad del personal
del Vendedor, o al personal de los agentes o contratistas del Vendedor; y el
Comprador indemnizará y eximirá de toda responsabilidad al Vendedor contra
cualquier reclamación, pérdida, daño, gasto o lesión de cualquier naturaleza que
pudiera sufrir o contraer el Vendedor, su personal o terceros, provenientes de o en
relación con la prestación de los Servicios en las instalaciones, salvo que fueran
resultado de la negligencia del Vendedor. El Comprador acepta que las personas que
proporcionan el Servicio tendrán el derecho de negarse a proporcionar cualquier
Servicio si esa persona percibe riesgos para su salud o seguridad, y tal acción no se
considerará un incumplimiento de ninguna obligación del Vendedor.
d. Excepto si se indica expresamente lo contrario en estos Términos y hasta el mayor
grado permitido por la ley, el Comprador indemnizará y eximirá totalmente de
responsabilidad al Vendedor y sus directivos, empleados, agentes o contratistas
contra cualquier reclamación de terceros, incluyendo todos los honorarios, costes y
gastos de abogados, por daños, lesiones, gastos o pérdida de servicios, ingresos,
negocio, beneficios o cualquier otra pérdida, ya sea por negligencia u otra razón,
derivados o relacionados con las Mercancías o Servicios o de algún otro modo por o
en relación con este Acuerdo.
17. Fuerza mayor
El Vendedor no se hará responsable de no llevar a cabo este Acuerdo o de cualquier
daño consecuencial o directo originado, directamente o indirectamente, como resultado
de: (i) cualquier fuerza mayor, incluyendo, entre otros posibles, catástrofes como
inundaciones, terremotos o tornados; (ii) fallo de suministros o transporte, o acción
gubernamental; (iii) daños que resulten de o sucedan bajo condiciones de disputas
laborales, huelgas, disturbios, insurrección, tumultos civiles o guerra; (iv) daños o
funcionamiento incorrecto debidos a una tensión o frecuencia eléctrica intermitente, picos
eléctricos o sobretensiones, descargas inusuales o daños eléctricos; (v) accidente, fuego
o daños causados por el agua, atmósfera corrosiva o motivos distintos al uso ordinario; o
(vi) cualquier otra causa más allá de un control razonable del Vendedor.
18. Suministros de software
Si se suministra software bajo este Acuerdo, al Comprador se le concede una licencia no
exclusiva, no transferible, sin canon de derechos de autor solo para uso del Comprador
del software del Vendedor con el sistema del Vendedor suministrado. Bajo esta licencia
el Comprador puede: (a) usar el software del Vendedor con el sistema del Vendedor
suministrado; (b) copiar el software del Vendedor en cualquier forma legible por máquina
o impresa como respaldo de uso del Comprador para el software del Vendedor en el
sistema del Vendedor suministrado; y (c) crear una copia adicional del software
únicamente a efectos de archivo.
19. Patentes
El Vendedor defenderá e indemnizará al Comprador contra cualquier acción de terceros
basada en reclamaciones acerca de si las Mercancías fabricadas y vendidas o los
Servicios prestados por el Vendedor constituyen una infracción de una patente válida de
Estados Unidos, según lo considere un tribunal federal de Estados Unidos, a beneficio de
dichos terceros, siempre y cuando el Comprador notifique por escrito al Vendedor sobre
tal reclamación en menos de cinco (5) días tras producirse y después otorgue la
autoridad, información y ayuda necesarias al Vendedor para la defensa de tal acción. En
caso de que las Mercancías fabricadas o los Servicios prestados por el Vendedor se
consideren que son infractores en esas medidas y se prohíbe su uso, solo se exigirá al
Vendedor, a cargo del Vendedor, modificar las Mercancías o Servicios de modo que ya
no infrinjan o, si no fuera posible hacer modificaciones, reembolsar el precio de compra
del Comprador por los elementos de hardware y software infractores y retirarlos a cargo
exclusivo del Vendedor. El Comprador acepta que el Vendedor no será responsable y
que el Comprador indemnizará totalmente al Vendedor, si la infracción está basada en el
uso de las Mercancías o Servicios en relación con mercancías no fabricadas por el
Vendedor, o de una manera para la cual las Mercancías no fueron diseñadas por el
Vendedor, o si las Mercancías fueron diseñadas por el Comprador o fueron modificadas
por o para el Comprador de una manera que resultan ser infractoras.
20. Propiedad intelectual
Todos los títulos y la titularidad de todos los derechos de propiedad relacionados con los
productos o servicios del Vendedor, incluyendo todos los derechos de patentes,
derechos de autor, marcas comerciales, secretos industriales y demás propiedad
intelectual y cualquier invención y software permanecerán siendo propiedad del
Vendedor (o de los afiliados del Vendedor), incluso al completarse o terminar este
Acuerdo. El Comprador reconoce y acepta que todo el software proporcionado bajo este
Acuerdo es licenciado, no vendido, por el Vendedor. El Comprador reconoce que todas
las Mercancías y todo el software (excluyendo todo firmware, software y otros elementos
que son propiedad de otros) y la propiedad intelectual asociada con tales Mercancías y
software, incluyendo todo el código, contenido, protocolos y documentación
proporcionados por el Vendedor junto con las Mercancías y el software son (según lo
acordado entre Comprador y Vendedor) propiedad del Vendedor o de los afiliados del
Vendedor y están protegidos por derechos de autor, marcas comerciales, patentes y
otros derechos internacionales y leyes de propiedad relacionados con derechos de
propiedad intelectual además de las leyes pertinentes de diversos países en los cuales el
Vendedor y sus afiliados llevan a cabo sus actividades comerciales. “Derechos de
propiedad intelectual” significa, colectivamente, derechos bajo patente, marca comercial,
derechos de autor y leyes de secretos industriales y cualquier otra propiedad intelectual o
derechos de propiedad reconocidos en cualquier país o jurisdicción de todo el mundo,
incluyendo, a modo enunciativo, derechos morales o similares. El Comprador no puede
suprimir, alterar o eliminar ningún aviso de derechos de autor, marca comercial u otros
derechos de propiedad que el Vendedor haya incluido en las Mercancías o el software.
El Comprador no puede modificar, aplicar ingeniería inversa, descompilar, desmontar o
escrutar de algún modo las Mercancías o el software, o intentar hacerlo, por ningún
motivo. Además, el Comprador no puede acceder, crear o modificar el código fuente del
software en modo alguno. El Comprador no tiene derecho para crear y no puede crear
trabajos derivados de las Mercancías y el software. El Comprador (a cargo del Vendedor)
tomará las medidas que el Vendedor podría solicitar razonablemente para establecer,
perseguir y defender los derechos de propiedad intelectual del Vendedor y sus afiliados.
Todas las modificaciones o mejoras a las Mercancías o el software seguirán siendo
propiedad exclusiva del Vendedor. Todos los derechos de Propiedad intelectual no
concedidos expresamente por este Acuerdo están reservados expresamente para el
Vendedor.
21. Confidencialidad
El Vendedor y el Comprador, sin el consentimiento previo por escrito del otro, no (a)
revelarán ninguna información confidencial, de propiedad privada o comercialmente
sensible del otro al que una parte pudiera estar expuesta en el curso de esta relación a
cualquiera distinto los directivos, empleados, agentes o subcontratistas que deben
conocerla en relación con la ejecución de este Acuerdo y han aceptado estar sujetos a
estas obligaciones de confidencialidad, o (b) usarán la información confidencial del otro
con cualquier propósito distinto a la ejecución de este Acuerdo. La información
confidencial podría incluir, por mencionar solo algunos ejemplos, todos los datos, mapas,
informes, planos, especificaciones, registros, información técnica y programas/software
de ordenador en relación con las operaciones de ambas partes, procesos o equipos
proporcionados y/o adquiridos o gestionados por cualquiera de las partes en relación con
este Acuerdo a menos que la información confidencial ya fuera conocida por la parte
receptora, esté disponible para las personas en el dominio público, haya sido adquirida
legalmente por cualquiera de las partes a un tercero u a otra fuente, o se requiere que
sea revelada por una causa judicial o legal siempre y cuando la parte receptora notifique
inmediatamente a la otra parte tal divulgación antes de la divulgación y coopere con los
intentos de la parte reveladora para evitar tal divulgación. La información confidencial
incluirá, pero no estará limitada a, toda información, datos o conocimientos técnicos en
cualquier forma relacionados con las operaciones de cualquiera de las partes, incluyendo
información de precios, información de marketing, términos y condiciones de todos los
acuerdos propuestos o vigentes entre las partes y sus clientes, así como las políticas y
prácticas de ambas partes.
22. Disposiciones generales
a. No existen arreglos, convenios o representaciones, expresados o implícitos, no
Fecha: 1 de enero de 2017
4
especificados en este Acuerdo.
b. Ninguna de las partes podrá interponer ningún recurso, con independencia de la forma
en que surjan las transacciones bajo este Acuerdo, dos (2) años después de que la
causa de acción haya procedido.
c. Este Acuerdo se constituye y se interpretará según las leyes del país (y del estado o
provincia, cuando corresponda) del domicilio social principal del Vendedor (tal como
se muestra en la dirección de los Formularios del Vendedor), independientemente de
cualquier conflicto de disposiciones legales que de algún otro modo podría requerir la
aplicación de cualquier otra ley. La Convención de las Naciones Unidas sobre
Compraventa Internacional de Mercaderías no se aplicará a estos Términos.
d. En caso de cualquier reclamación que surja bajo los términos aquí establecidos, el
Comprador es conforme con la competencia exclusiva del tribunal del domicilio social
principal del Vendedor (tal como se muestra en la dirección de los Formularios del
Vendedor), aunque el Vendedor tendrá el derecho de ejercer recursos contra el
Comprador en cualquier otro tribunal que tenga jurisdicción apropiada. Los
participantes renuncian cualquier derecho a un juicio ante un jurado.
e. Todos los errores taquigráficos, tipográficos y administrativos en hojas de tarifas y
especificaciones de servicios de ingeniería de campo o presupuestos pueden ser
corregidos en cualquier momento por el Vendedor.
f. El Vendedor podría proporcionar diversas versiones traducidas de estos Términos
solo con propósitos informativos, excepto si fuera obligatorio según la legislación
aplicable. Si los participantes discrepan sobre el significado o la interpretación de
cualquier disposición, los participantes acuerdan que prevalecerá la versión original en
idioma inglés de estos Términos y de cualquier comunicación entre los participantes.
g. Si las Mercancías suministradas bajo los términos aquí establecidos se usan en una
instalación de generación de energía nuclear o en cualquier aplicación nuclear, el
Comprador indemnizará totalmente al Vendedor por cualquier reclamación, demanda,
denuncia o acciones de terceros, el Comprador o cualquiera de los empleados del
Comprador, contratistas independientes, o agentes incluyendo, entre otros posibles,
reclamaciones por daños corporales o daños materiales, así como cualquier coste,
gasto o daños y perjuicios ocasionados por negligencias, negligencias graves o mala
conducta deliberada de cualquiera de las partes.
23. Intercambio electrónico de datos
Para llevar a cabo una confirmación de pedido, el Comprador y el Vendedor pueden
transmitir y recibir electrónicamente los datos contenidos en la confirmación de pedido en
vez de usar un formulario de papel. Para proporcionar la validez legal y la aplicabilidad
de tal confirmación de pedido, el Comprador y el Vendedor además acuerdan que dichos
datos transmitidos se considerarán que son “por escrito” y que han sido “firmados”. El
Comprador y el Vendedor acuerdan no rebatir la validez ni la aplicabilidad de una
confirmación de pedido debido al origen, transmisión, almacenamiento o gestión
electrónicos de dicha confirmación de pedido. Cualquier copia impresa por ordenador de
los datos contenidos en la confirmación de pedido se considerará un “original” cuando se
mantenga en el curso ordinario de la actividad empresarial y será admisible entre
Comprador y Vendedor hasta el mismo grado y bajo las mismas condiciones que otros
registros empresariales mantenidos en forma documental. El Comprador y el Vendedor
acuerdan usar adecuadamente esos procedimientos de seguridad que sean
razonablemente suficientes para asegurar que una transmisión de los datos contenidos
en una confirmación de pedido está autorizada y para proteger sus registros y datos
empresariales frente a fuentes inapropiadas.
24. Limitación de responsabilidad
EN NINGÚN CASO EL VENDEDOR SERÁ RESPONSABLE DE DAÑOS ESPECIALES,
INCIDENTALES, CONSECUENCIALES, INDIRECTOS O PUNITIVOS BASADOS EN
CUALQUIER
TEORÍA
LEGAL,
YA
SEA
POR
AGRAVIO,
CONTRATO
O
RESPONSABILIDAD ESTRICTA, SI TALES DAÑOS SON PREVISIBLES O NO LO
SON, INCLUYENDO, ENTRE OTROS POSIBLES, LOS BASADOS EN PÉRDIDA DE
LUCRO, PÉRDIDA DE AHORROS O INGRESOS, PÉRDIDA DE USO DEL PRODUCTO
O CUALQUIER EQUIPO ASOCIADO, COSTE DEL CAPITAL, COSTE DE CUALQUIER
EQUIPO SUSTITUTIVO, INSTALACIONES O SERVICIOS, TIEMPO DE INACTIVIDAD,
PÉRDIDA
O
DAÑOS
RESULTANTES
DE
REQUISITOS
Y
NECESIDADES
GENERALES O PARTICULARES DEL COMPRADOR DE LOS CUALES EL
VENDEDOR PODRÍA TENER MOTIVOS PARA CONOCER, LAS RECLAMACIONES
DE TERCEROS INCLUYENDO CLIENTES, DAÑOS A LA PROPIEDAD Y, A MENOS
QUE SE EXCLUYAN SEGÚN LA LEY APLICABLE, LESIONES FÍSICAS Y
CORPORALES. El Comprador reconoce que el Vendedor no se hará responsable de
ninguna actuación u omisión de ningún tercero, incluyendo sus distribuidores y agentes
de servicio y ventas. Sin perjuicio de cualquier otra disposición de este Acuerdo, bajo
ninguna circunstancia el Vendedor tendrá ninguna responsabilidad legal por cualquier
pérdida resultante de las posibles causas de cualquier clase, incluyendo entre otras,
defectos en Mercancías, Servicios, software o documentación suministrados bajo este
Acuerdo o por el incumplimiento de este Acuerdo, que supere el precio de compra
recibido por el Vendedor por el(los) ítem(s) aplicable(s) de las Mercancías o los
honorarios por los Servicios que den lugar a la reclamación. Cualquier acción o pleito del
Comprador contra el Vendedor relacionado con este Acuerdo o las Mercancías o
Servicios cubierto por este documento deberá presentarse dentro de un (1) año desde la
fecha de facturación de tales Mercancías o Servicios que hayan dado lugar a la
reclamación.
25. Mejoras del Vendedor
El Vendedor y sus suministradores mejoran constantemente la calidad y las prestaciones
de sus Mercancías y Servicios y, por consiguiente, dichas Mercancías y Servicios
estarán sujetos a cambios en sus especificaciones, diseño, materiales, componentes,
acabados, fabricación y procesos a criterio exclusivo del Vendedor, sin ninguna
responsabilidad legal de la readaptación de cualesquiera Mercancías previamente
suministradas o revisar cualquier Servicio prestado previamente.
26. Datos de comprador
Si cualquier dato suministrado por el Comprador, sea en forma de especificaciones del
Comprador o conforme a los pedidos de compra u otra documentación, demuestran ser
inexactos, quedará anulada toda garantía u otras obligaciones relacionadas del
Vendedor basadas en los mismos.
27. Exportación
El Comprador acuerda cumplir todas las leyes y reglamentos de control de exportación y
reexportación aplicables, incluyendo a modo enunciativo y no limitativo:
(i) la Ley de control de exportaciones de 2002, la Orden de 2008 sobre el control de
las exportaciones o cualquier ley u orden sucesora relacionada vigente en el Reino
Unido, así como todas las leyes, órdenes, reglamentos y normativas aplicables
(colectivamente, “Leyes de control de exportaciones del R. U.”);
(ii) las Regulaciones sobre exportación de la administración (EAR, Export
Administration
Regulations)
mantenidas
por
el
Departamento
de
comercio
estadounidense, normativas de sanciones comerciales y económicas mantenidas por
la Oficina de control de activos extranjeros (OFAC, Office of Foreign Assets Control)
del Departamento de tesorería y los Reglamentos sobre tráfico internacional de armas
(ITAR, International Traffic in Arms Regulations) mantenidos por el Departamento de
Estado.
En el momento de hacer un pedido, el Comprador debe identificar siguiendo los criterios
del Vendedor la aplicación o aplicaciones múltiples del usuario final para las Mercancías
que serán adquiridas. El Vendedor se reserva el derecho exclusivo de negarse a aceptar
cualquier pedido de compra. El Comprador se encargará de obtener cualquier licencia
requerida bajo las Leyes de Control de exportación el R.U., EAR, normativas de la OFAC
o ITAR. El Vendedor identificará por escrito al Comprador aquellos elementos,
tecnologías y software para los cuales se requiere una licencia de exportación y
proporcionará información sobre la clasificación de exportación y licencias necesarias
para los documentos de exportación incluyendo, entre otros posibles, el Número de
clasificación de control de exportaciones (ECCN, Export Control Classification Number)
apropiado de la lista de control de exportación (CCL, Commerce Control List), el alcance
de las excepciones de licencia, números de licencia y copias de licencias. El Comprador
acepta indemnizar al Vendedor por cualquier multa, sanción), reclamación, pérdida,
daño, coste (incluyendo costas judiciales), gastos y responsabilidades legales que
puedan producirse a consecuencia del incumplimiento de este Apartado por parte del
Comprador.
28. Leyes antisoborno
El Comprador acepta acatar, y el pedido de Mercancías y Servicios del Comprador se
considerará la certificación del Comprador de que el Comprador acata todas las leyes,
normativas y convenciones internacionales relacionadas con sobornos y corrupción,
incluyendo,
entre
otras,
la
Ley
contra
sobornos
de
2010
del
R.
U.
(http://www.legislation.gov.uk/ukpga/2010/23/contents), la Ley de prácticas corruptas en
el
extranjero
de
EE. UU.
(http://www.justice.gov/criminal/fraud/fcpa/statutes/regulations.html) y cualquier ley o
normativa aplicable que apoye el Convenio sobre la lucha contra el soborno de los
titulares de cargos públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales de
la Organización para la cooperación y el desarrollo económicos (OCDE), que prohíbe el
pago de cualquier cosa de valor a agencias gubernamentales, cargos políticos, partidos
políticos, dirigentes de partidos políticos o parientes de tales dirigentes, sea directa o
indirectamente, para obtener ventajas desleales, obtener o conservar negocios en el
mercado o vender productos.
29. Aprovisionamiento gubernamental
Ninguna normativa o cláusula contractual de aprovisionamiento gubernamental tendrá
carácter obligatorio para el Vendedor o el Comprador, a menos que tales normativas o
cláusulas sean mutuamente acordadas por el Vendedor y el Comprador.
30. Supervivencia
Todas y cada una de las representaciones, garantías, convenios y obligaciones que se
exponen en estos Términos sobrevivirán a la venta de las Mercancías y los Servicios del
Vendedor al Comprador durante un período indefinido y tanto el Vendedor como el
Comprador seguirán estando sujetos a estos Términos.
31. No renuncia
Cualquier desistimiento de cualquiera de las partes de imponer estrictamente estos
Términos o ejercer los derechos adquiridos bajo los términos aquí establecidos no
constituirá una renuncia a tales términos o derechos y no afectará al derecho de la parte
de imponer o ejercer tales términos o derechos en el futuro. Cualquier renuncia deberá
hacerse por escrito y estará firmada por la parte contra la que se solicita la ejecución, y
tal renuncia no se considerará que constituye una renuncia general de cualesquiera de
los derechos.
32. Divisibilidad
Si una o varias de las disposiciones o materias contenidas en este Acuerdo por algún
motivo se considerara carente de validez, ilegal o inaplicable, ello no afectará a la validez
y la aplicabilidad de ninguna otra disposición o materia.
33. Notificaciones y firma electrónica
Todas las notificaciones contenidas en este documento deben hacerse por escrito y se
considerarán debidamente presentadas (i) al entregarlas si se entregan por mensajería
urgente, o (ii) cuando acusa recibo un representante autorizado, si se envía por
transmisión electrónica. Las notificaciones se harán en la última dirección conocida del
receptor. Las firmas electrónicas no tendrán efecto para modificar o anular ningún
término de este Acuerdo, ni para indicar la aceptación de Términos y condiciones
estándar del Comprador.
34. Cesión
El Comprador no cederá ni transferirá de algún modo (por aplicación de la ley) sus
derechos u obligaciones bajo este Acuerdo sin el consentimiento previo por escrito del
Fecha: 1 de enero de 2017
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Vendedor. Salvo que se estipule expresamente en estos Términos, ninguna persona
distinta al Comprador (o sus cesionarios permitidos) tendrá ningún derecho bajo este
Acuerdo, ya sea al amparo de lo dispuesto en la ley Contracts Act (derechos de terceras
partes) (R. U.) o de algún otro modo. Cualquier cesión prohibida será considerada nula y
sin efecto.